En este artículo hablaremos de la
normatividad vigente que debemos tener en cuenta para
la elaboración e implementación de los planes de emergencia en
nuestro entorno laboral.
Ley 46 de noviembre 2 de 1988 por la cual se crea y organiza el
sistema nacional para la prevención y atención de
desastres direccionando la conformación de los planes de respuesta a
emergencias y la integración de esfuerzos para prevenir y atender
las situaciones de este tipo que se pueden traducir en desastres cuando no
son atendidas a tiempo, en forma conjunta y organizada.
Decreto Legislativo 919 de mayo 1
de 1989 por el cual se organiza el Sistema Nacional
para la Prevención
y Atención de Desastres, está constituido por el conjunto de
entidades públicas y privadas que realizan planes, programas, proyectos y
acciones específicas, está constituido por el conjunto de entidades
públicas y privadas que realizan planes, programas, proyectos y acciones
específicas
En el artículo 8 del Decreto 919 establece que:
«Todas las entidades públicas o privadas encargadas de la prestación de
servicios públicos, que ejecuten obras civiles de gran magnitud o que
desarrollen actividades industriales o de cualquier naturaleza que sean
peligrosas o de alto riesgo, así como las que específicamente determine la Oficina Nacional
para la Prevención
y Atención de Desastres (hoy Dirección General para la Prevención y Atención
de Desastres - DGPAD), deberán realizar el análisis de
vulnerabilidad, que contemplen y determinen la probabilidad de presentación de
desastres en sus áreas de jurisdicción o influencia, o que puedan ocurrir con
ocasión o a causa de sus actividades, y las capacidades y disponibilidades en
todos los órdenes para atenderlos”. Y adicionalmente el artículo 9 establece
que: «Todas las entidades a que se refiere en el articulo 8, deberán tomar las
medidas de protección aplicables como resultado del análisis de
vulnerabilidad». De igual forma este decreto estableció la conformación del
Comité Técnico Nacional del cuál dependen varias Comisiones Nacionales Asesoras
de carácter técnico, para efecto del tema que se está tratando existe la Comisión Nacional
Asesora de Riesgos Industriales y Tecnológicos la cual está encargada de tratar
los temas relacionados con estos riesgos, su objetivo fundamental es apoyar e
impulsar programas, proyectos y actividades interinstitucionales, relacionados
con el tema de los riesgos industriales y tecnológicos, con el fin de coordinar
esfuerzos y acciones en aras del cumplimiento de las políticas del Sistema
Nacional Para la Prevención
y Atención de Desastres. La Secretaría Técnica de esta comisión la efectúa el
Consejo Colombiano de Seguridad - CCS.
Decreto 93 del 13 de enero de
1998 el cual
adopta el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, tiene como
objetivo “orientar las acciones del Estado y de la sociedad civil para la
prevención y mitigación de los riesgos, los preparativos para
la atención y la recuperación en caso de desastre, contribuyendo a
reducir el riesgo y el desarrollo sostenible de las comunidades
vulnerables ante los eventos naturales y antrópicas”. Sus objetivos
son:
· La reducción de riesgos y prevención de
desastres.
· La respuesta efectiva en caso de
desastres.
· La recuperación rápida de zonas
afectadas.
También nos habla de los diferentes
programas que el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres debe ejecutar,
los cuales son
· Programas
para el conocimiento sobre riesgos de origen natural y antrópico.
· Programas para la incorporación de la
prevención y reducción de riesgos en la planificación.
· Programas de fortalecimiento del
Desarrollo Institucional.
· Programas para la socialización de
la prevención y la mitigación de desastres.
Resolución 1016 de marzo 31 de 1989 que reglamenta la organización,
funcionamiento y forma los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar
los patronos o empleadores en el país, y específicamente en el Artículo 11,
numeral 18 menciona que los empresarios deben organizar y desarrollar un plan
de emergencias teniendo en cuenta las siguientes ramas:
· Rama preventiva: Aplicación de las normas legales y
técnicas sobre combustibles, equipos eléctricos, fuentes de calor y sustancias
peligrosas propias de la actividad económica de la empresa.
· Rama pasiva o Estructural: Diseño construcción de edificaciones con
materiales resistentes, vías de evacuación suficientes y adecuadas para la
evacuación, de acuerdo con los riesgos existentes y el número de trabajadores.
· Rama activa y de Control de las
emergencias: Conformación
y organización de las brigadas de emergencia (Selección, capacitación, planes
de emergencia y evacuación), sistema de detección, alarma comunicación,
selección y distribución de equipos fijos o portátiles (manuales o automáticos)
inspeccionar señalización y mantenimiento de los sistemas de control.
Decreto 321 de febrero 17 de 1999 por el cual se adopta el Plan Nacional de
Contingencia contra Derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas
en aguas Marinas, Fluviales y Lacustres cuyo objetivo es “Servir de instrumento
rector del diseño y realización
de actividades dirigidas a prevenir,
mitigar y corregir los daños que éstos puedan ocasionar, y dotar al Sistema
Nacional para la Ley 1523 de 2012 Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, modifica la estrategia de asistencia a personas afectadas, permite tomar decisiones oportunas y ejecutar presupuestos necesarios para la atención de las emergencias, donde participan los sectores públicos, privados y comunitario.
La ley define la gestión del riesgo como un proceso orientado a la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, estrategias, planes, programas, regulaciones, instrumentos, medidas y acciones permanentes para el conocimiento y la reducción del riesgo y manejo de desastres, con el propósito de contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible.
El articulo 37 nos habla de la responsabilidad de las autoridades departamentales, distritales y municipales para elaborar sus planes de gestión del riesgo y estrategias de respuesta, en el articulo 39 la integración de el análisis de riesgo en el diagnóstico biofísico, económico y socioambiental y, considerar, el riesgo de desastres, como un condicionante para el uso y la ocupación del territorio, a fin de evitar nuevas condiciones de riesgo. Esta ley deroga las leyes y decretos anteriores a esta con unas excepciones que se especifican en el articulo 96.
A continuación les dejamos los enlaces en donde encontraran todos los decretos y leyes completas.
Decreto 919 de 1989 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13549
Decreto 93 de 1998 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3454
Resolución 1016 de 1989 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5412
Decreto 321 de 1999 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5272
Ley 1523 de 2012 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47141
Las dos primeras normas ya son antecedentes juridicos al ser derogadas por la ley 1523 del 2012 por favor actualizalas claro esta que quedan vigentes los articulos del fondo de calamidades.
ResponderEliminargracias jaime, lo tendre presente para actualizarla.
EliminarDe acuerdo con lo expresado en la normatividad, se establece una protección y cuidado del medio ambiente; pero, ¿las penas para quienes las incumplan son efectivas?
ResponderEliminarel marco legal es la base de un buen programa de seguridad y salud en el trabajo, este promueve a la protección de la salud de los trabajadores.
ResponderEliminarGracias a las leyes, resoluciones y decretos la seguridad y salud en el trabajo hoy en día garantiza mas el bienestar de los trabajadores en las empresas.
ResponderEliminarEs muy importante conocer las leyes que nos rigen en cuanto a la elaboración e implantación de los planes de emergencia en nuestro entorno laboral. , excelente aporte !!!
ResponderEliminarEl desconocimiento de la Ley no nos exime de su cumplimiento, por eso es tan importante conocer las leyes que nos rigen en este sentido, leyes que lo único que buscan es nuestra seguridad y la de los que nos rodean.
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